LOPD

LEY ORGÁNICA 15/1999 DE 13 DE DICIEMBRE DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL


REAL DECRETO 1720/2007 DE 21 DE  DICIEMBRE


Division de Protección de Datos LOPD

Existen varias razones en el entorno social y empresarial por las que todo lo relativo a esta ley se ha convertido en un tema de interés general y del que es necesario estar bien informado:

Obligatoriedad en su cumplimiento:

Toda empresa que realice tratamiento de datos de carácter personal está obligada a adaptarse a la LOPD.  Así mismo, cada vez más empresas realizan actividades comerciales vía internet y necesitan hacerlo conforme a las normas de la LSSI.

El incumplimiento de lo que establecen estas leyes puede ocasionar sanciones que, en función a la gravedad de la infracción, oscilan entre los 900€ y los 600.000€ de multa.


Profesionalización, calidad y seguridad


Cada vez más empresas están orientadas a la implantación de políticas cualitativas que permitan profesionalizar, avalar y certificar sus procedimientos de trabajo, productos y servicios. A medida que aumenta este nivel de exigencia, crece también la necesidad de aplicar sistemas de seguridad que salvaguarden no sólo la operatividad de una empresa, sino también las bases y sistemas de información que la nutren.

En este escenario, las empresas requieren del asesoramiento de profesionales especializados que puedan proporcionarles servicios de consultoría, auditoría, formación y outsourcing en el ámbito de estas leyes, para contar con las herramientas que les permitan cumplir con las obligaciones y procedimientos adecuados, con el objetivo de asegurar los derechos de sus clientes y evitar el riesgo de sanciones.

Ofrecemos una solución integral de adecuación a la LOPD, proporcionando un servicio adaptado a las necesidades de cada cliente, formación, seguimiento, auditoría anual y, por tanto, la máxima garantía de una verdadera adaptación.

1.- Evaluación de datos y diagnóstico

Recopilación, por parte de un consultor especializado, de toda la información relativa al tratamiento de los datos personales, necesaria para el análisis, evaluación y clasificación de los ficheros. Estudio y diagnóstico de la situación de la empresa para determinar su nivel de adecuación a la LOPD, con el objetivo de proponer soluciones para las carencias existentes en relación a la Protección de Datos.


2.- Inscripción de ficheros

Comunicación al Registro de la Agencia de Protección de Datos del número de ficheros existentes, así como descripción y agrupación de los mismos.


3.- Documento de seguridad

Elaboración del Documento de Seguridad, que tiene como objetivo recoger la normativa de seguridad de cada empresa en lo relativo al tratamiento de datos personales. En dicho documento se detallan todas las medidas de seguridad que deben cumplirse para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos tratados.


4.- Formación y concienciación del personal

La formación y concienciación del personal en esta materia es básica para evitar conductas contrarias a la LOPD. Gracias a una adecuada formación, los empleados de su empresa estarán capacitados para cumplir con los procedimientos relativos al tratamiento de datos.


5.- Seguimiento y auditorías

La adaptación a la LOPD no es un puro trámite estático, sino que es un proceso vivo que evoluciona y varía en la medida en que lo hacen las actuaciones y la operativa diaria de una empresa. Por esta razón, en ASTURLOGOS 3.0  disponemos de un protocolo de seguimiento constante y auditorías que permiten detectar los posibles cambios en la empresa que afectan a la protección de datos, actualizarlos en el Documento de Seguridad, y definir las recomendaciones de actuación a implementar al respecto.

Existen firmes razones por las que resulta inevitable que las empresas se adapten de manera inminente a la LOPD. Entre los principales argumentos pueden destacarse los siguientes:


Obligatoriedad:


Todas las empresas que realicen tratamiento de datos personales deben cumplir con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, del 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.


Evitar sanciones por incumplimiento:


El incumplimiento de la Ley de Protección de Datos conlleva sanciones que, en función a la gravedad de la infracción, pueden oscilar entre los 900€ y los 600.000€ de multa.


Mejorar la imagen de marca de la empresa:


La adaptación y cumplimiento de la LOPD aporta a las empresas una imagen de profesionalidad y rigurosidad que es gratamente valorada y percibida tanto por sus clientes como por sus proveedores, ya que les transmite seriedad y confianza.


Incrementar la seguridad de los sistemas de trabajo:


Mediante las auditorías, que se realizan periódicamente, la empresa puede conocer el grado de seguridad y eficiencia que poseen sus sistemas, así como todas aquellas posibles incidencias que pueden producir la perdida y/o vulneración de datos.

Por todo ello, ASTURLOGOS 3.0 te adapta a la LOPD con la mejor relación calidad/precio del mercado.



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